El TC rechaza suspender la votación del bloqueo independentista a Iceta
Minutos después de que el socialista Manuel Cruz haya sido elegido nuevo presidente del Senado, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad admitir a trámite el recurso del PSC contra el bloqueo independentista que impidió el pasado día 16 en el Parlament la designación como senador por designación autonómica de Miquel Iceta, el líder de los socialistas catalanes a quien Pedro Sánchez quería como presidente de la Cámara Alta. El TC, sin embargo, rechaza adoptar medidas cautelares (la suspensión de los efectos de esa votación hasta que se pronuncie sobre el fondo del asunto) al no apreciar la situación de "urgencia excepcional" que contempla el articulo 56,6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para acordarlas en la misma resolución de la admisión a trámite.
Ahora, el Constitucional da tres días de plazo a la Fiscalía y al PSC para que presenten sus alegaciones antes de decidir si existió, como sostiene el partido recurrente, una violación del derecho a que "los trámites parlamentarios se ajusten a lo establecido por el reglamento" en la votación del Parlament, en el que los independentistas tumbaron la designación de Iceta. Su candidatura contó únicamente con los 25 votos de socialistas y comunes. PP y Ciudadanos se abstuvieron y los 65 parlamentarios del bloque independentista se opusieron.
El líder de los socialistas catalanes calificó de "sectaria" la actuación de ERC, JxCat y la CUP de bloquear su designación como senador y defendió que el reglamento del Parlament estipula que, cuando hay que reemplazar a un senador autonómico, la persona sustituta la tiene que elegir el mismo grupo en el que se ha producido la vacante, en este caso los socialistas catalanes, lo que según Iceta impedía el voto en contra.
La Sala Segunda del TC era en principio la que debía estudiar el recurso del PSC, pero por la relevancia jurídica del asunto, fue enviado al Pleno de la institución.
En su recurso de amparo, el PSC había solicitado al Alto Tribunal "la suspensión de los efectos del acto impugnado y cualesquiera otras medidas cautelares que estime pertinentes para asegurar el objeto del amparo solicitado". Además, instaba a la institución a resolver al respecto en la misma resolución de admisión a trámite que ahora se ha notificado, al considerar el supuesto "de urgencia excepcional".