El recurso de la Fiscalía contra la absolución de Alves: "Nos quedan largos trechos por recorrer en la defensa de la víctima"
La Fiscalía ha interpuesto formalmente su recurso contra la absolución de Dani Alves por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En su escrito, cuestiona el fallo que revocó la condena del futbolista y ampara a la víctima que le denunció por una presunta violación ocurrida el 31 de diciembre de 2022 en una discoteca de Barcelona. Al respecto explica que los gestos de víctimas que declararon estar bloqueadas no pueden aprovecharse por el tribunal para restarles credibilidad.
"Nos quedan largos trechos por recorrer en la defensa de la víctima que además es sujeto pasivo del delito. No es que haya visto el delito, es que lo ha sufrido", expone en su recurso de casación. El Ministerio Público comienzo el escrito alabando la condena inicial de Alves a cuatro años y seis meses de prisión, por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona en febrero de 2024. Al respecto recuerda que la motivación del fallo fue "exhaustiva y absolutamente racional" al considerar que el testimonio de la víctima era verosímil.
Sin embargo, con este último pronunciamiento de la Justicia entiende que se le anula "la fiabilidad" y hasta se le "condena moralmente" por el hecho de que en su boca aparecieran restos de ADN del futbolista que contravendrían el testimonio de la joven. Al respecto, sostiene que la pericial concluyó que la existencia de los mismo podía deberse a múltiples causas, "entre ellas la indicada por la mujer".
"Conclusiones arbitrarias"
"Entendemos que el tribunal ha realizado una valoración irreflexiva e irracional respecto de una parte de las pruebas practicadas en el acto de juicio oral (...). Ello ha llevado al Tribunal de apelación a emitir unas conclusiones que entendemos son completamente erróneas e irracionales, incluso arbitrarias (...), vulnerando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 24.1 de la Constitución Española", recoge el recurso de apelación.
El Ministerio Fiscal reprocha a los magistrados que descalificaran la declaración de la víctima por dos detalles: que acudiera voluntariamente con el acusado al reservado cuando dijo que lo había hecho forzosamente y por resultar acreditado que le practicó una felación previamente al acto de penetración vaginal. Sobre el primero de los puntos dice la Fiscalía que acceder voluntariamente a entrar en esa zona no implica que aceptaracualquier práctica sexual que pudiera ocurrir dentro.
"Parecería recuperar el postulado medieval de la mujer que consiente en embriagarse con un hombre consiente en todo. No es así, consiente solo en emborracharse. Por mucho que hubiesen existido bailes o tocamientos fugaces del acusado previos a dicho paso al reservado, atravesar el umbral de la puerta siguiendo al mismo en modo alguno podría interpretarse como aceptar cualquier acto sexual ocurrido dentro", alegan.