El Consejo de Ministros, ha aprobado, a propuesta del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el proyecto de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) que obliga a los medios de comunicación públicos a celebrar debates electorales y a los candidatos a acudir a los mismos, y exige que las encuestas y sondeos difundidos durante las campañas electorales publiquen también los ficheros de microdatos. Sin embargo, el propio titular de Interior, que ha comparecido en rueda de prensa junto a la portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría, para dar cuenta de la reforma, ha admitido que no se puede lograr plenamente el objetivo de la misma, ante la imposibilidad de obligar a acudir a un candidato político determinado en contra de su voluntad. Preguntado por ello, Grande-Marlaska ha explicado que de no cumplirse la «obligación de comparecencia», la consecuencia sería que «la Junta Electoral Central deberá establecer que no ha habido una causa justificada de incomparecencia a ese debate y, caso de que se haya determinado que no ha habido ninguna causa justificada, ese medio de comunicación deberá hacer referencia y mención a que se ha celebrado ese debate y que en ese debate no ha comparecido esa candidatura». Es decir, y citando casos recientes, la ley no habría impedido que en 2023 el candidato del Partido Popular (PP), Alberto Núñez Feijóo, rechazase acudir, como hizo, a un debate en Radio Televisión Española con el presidente Pedro Sánchez, la candidata de Sumar Yolanda Díaz y el candidato de Vox, Santiago Abascal. Tampoco que en 2019, como igualmente ocurrió, Sánchez rechazase como candidato del PSOE debatir cara a cara con el entonces líder del PP, Pablo Casado. El Gobierno envía así al Congreso la norma para su tramitación parlamentaria. Como novedad respecto al anteproyecto aprobado por el Ejecutivo el pasado mes de abril los medios públicos deberán avisar a los partidos para los debates con un mínimo de 5 días de antelación. Según ha explicado Marlaska en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la reforma legal exige a los medios de comunicación de titularidad pública organizar al menos un debate durante la campaña electoral. En este sentido, ha precisado que, aunque esta es una novedad de la LOREG, se trata de una obligación ya presente en las legislaciones electorales de algunas comunidades autónomas, como Castilla-León, la región de Badajoz, Murcia o el País Vasco, y que está prevista también su regulación en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. «Quiero dejar claro que esa imposición no se aplica a los medios de titularidad privada, ni tampoco se les niega dicha posibilidad, evidentemente. Como hasta ahora, pueden programar debates respetando los mismos principios que rigen a los medios públicos y que no son otros que el pluralismo político, la neutralidad informativa, la igualdad y la proporcionalidad», ha recalcado. «Es el momento para destacar la importancia de esta iniciativa, que persigue, sin duda alguna, el fortalecimiento de nuestra democracia (...). Que España sea una democracia plena y consolidada no excluye, sin duda alguna, seguir dando pasos para perfeccionar y robustecer aún más nuestro sistema», ha remarcado Marlaska, que recuerda que recoge las recomendaciones de la Comisión Europea y del Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 10 de agosto. Además, el proyecto aprobado este martes añade al artículo 69 de la LOREG la obligación de dar publicidad también a los ficheros de microdatos, que son los datos individuales de una estadística y que deberán difundirse anonimizados con el fin de preservar la confidencialidad de la información. Según el ministerio del Interior, acceder en abierto a los datos individuales, anonimizados, permite garantizar la fiabilidad de una encuesta y facilita a la ciudadanía y a las entidades, públicas o privadas, comprobar los resultados del sondeo y extraer sus propias estimaciones.