Cambia el Impuesto a las Ganancias: ARCA modifica los montos a partir de los cuales este grupo debe informar sus operaciones
Tras ganar las elecciones de este domingo, el Gobierno introdujo una serie de modificaciones al Impuesto a las Ganancias: estas fueron oficializadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) este martes en el Boletín Oficial.
En particular, la entidad modificó el umbral a particular del cual las empresas que importan o exportan deben informar al fisco sus operaciones internacionales.
La norma se oficializó a través del Decreto 767/2025, el cual porta las firmas de Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.
Este modifica la reglamentación de la Ley del Impuesto a las Ganancias para elevar el monto a partir del cual se debe informar a ARCA, a través de las declaraciones juradas anuales especiales del gravamen, "el límite mínimo de ingresos facturados en el período fiscal y el importe mínimo de las operaciones sometidas al análisis de precios de transferencia".
Cambios en el Impuesto a las Ganancias para el comercio exterior
Según detalla el Gobierno en los considerandos del Decreto 767 de este martes que modifica la Ley del Impuesto a las Ganancias, el objetivo de este cambio es lograr una mayor modernización y simplificación tributaria.
Esto busca adaptar las normas fiscales "a la realidad económica actual, otorgar mayor seguridad jurídica a los ciudadanos y optimizar las herramientas de fiscalización y control del Estado".
"La simplificación tributaria se presenta como una herramienta esencial para reducir la presión fiscal formal, disminuir los costos administrativos y fomentar la regularización de las actividades económicas", agrega el Decreto.
En este marco, se dispuso una actualización de los montos anuales de las operaciones internacionales a partir de los cuales los contribuyentes y responsables deberán informar a ARCA al respecto.
A partir de este martes, solo quienes realicen transacciones internacionales -ya sea de venta o de compra al exterior- por $ 500 millones o más deberán informar de forma detallada al fisco al respecto.
Además, se disponen nuevos límites para la presentación de declaraciones juradas de Ganancias de precios de transferencia: se deberán informar operaciones a partir de $ 150 millones en conjunto o $ 15 millones de forma individual.