Los 10 años de empadronamiento que quiere exigir Madrid condicionarán el acceso a miles de pisos protegidos de los nuevos desarrollos
El requisito de estar empadronado en la Comunidad de Madrid durante un periodo mínimo de 10 años para poder ser adjudicatario de una vivienda protegida que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso quiere plasmar en un reglamento —en cuya redacción está trabajando, según se ha comunicado este lunes— afectará a todas las casas que se levanten en suelos residenciales destinados expresamente por los planeamientos urbanísticos a la construcción de inmuebles de protección oficial. Es decir, la normativa se prevé aplicar a todas aquellas viviendas que se certifiquen como protegidas (modalidades VPPB, VPPL, VPP…) y su precio esté limitado por ley. Siempre que se den estas condiciones, ese requisito de empadronamiento mínimo operará, independientemente de si los promotores son públicos o privados, y también sin importar si los inmuebles se comercializan en la modalidad de venta o en la de alquiler.
En estos términos, la obligatoriedad de acreditar al menos una década de residencia en la Comunidad que quiere introducir el Ejecutivo, y que en la actualidad no opera porque no se está exigiendo un periodo mínimo de alta en el padrón municipal, acabaría por condicionar el acceso a miles de viviendas de los cuantiosos desarrollos urbanísticos están en marcha en la capital. Porque de Los Ahijones a la Operación Campamento pasando por Los Berrocales o Los Cerros, así como las iniciativas en construcción en otras localidades de la región, tienen planificadas viviendas con algún tipo de protección oficial.
A modo de ejemplo, se verían afectadas por la medida las promociones comercializadas como VPPB (Vivienda de Protección Pública Básica) y las que lo hagan como VPPL (Vivienda de Protección Pública de Precio Limitado). En el caso del barrio de Los Cerros, en Vicálvaro, cuya reparcelación se aprobó definitivamente hace tan solo unos días, el número de viviendas con calificación VPPB (hasta 5,5 veces el IPREM) asciende a 2.039 y las de VPPL (rentas de hasta 7,5 veces el IPREM), a 5.099. Si el nuevo reglamento de vivienda que prepara el Gobierno autonómico prospera con el condicionante que se ha dado a conocer este lunes, los interesados en acceder a esos 7.138 pisos, sumando ambas categorías y solo en Los Cerros, tendrían que acreditar esos 10 años de empadronamiento para poder estar en condiciones de ser adjudicatarios.
Por el momento, del texto normativo que está preparando la Consejería de Vivienda, y que próximamente tiene que someterse al periodo de audiencia e información pública, no se conocen muchos más detalles. Lo que sí ha hecho el Gobierno de Díaz Ayuso ha sido justificar el por qué de la medida que va a impulsar. «Pretende priorizar la vinculación estable con la región de los beneficiarios y asegurar que los recursos públicos se destinan a quienes contribuyen de manera continuada a su desarrollo», ha expresado el Ejecutivo madrileño en la nota de prensa en la que ha avanzado la fijación del requisito de empadronamiento.
También se ha trasladado desde la Comunidad que la aprobación del reglamento, que además prevé que las personas condenadas por sentencia firme por delitos de allanamiento de morada o usurpación estén vetadas durante cinco años para acceder a una casa protegida en la región, está agendada para el próximo mes de julio. Aunque hay que esperar a conocer con detalle la configuración precisa que le han dado los técnicos del departamento que dirige Jorge Rodrigo al requisito legal de empadronamiento, detalles que se conocerán cuando se publique el borrador en el portal de Transparencia. Situar la entrada en vigor de la nueva normativa a mediados de este 2026 llevaría a requerir que las personas que quieran optar a una vivienda con protección a partir de ese momento deben asegurarse de que pueden acreditar que residen en la Comunidad de Madrid, al menos, desde el segundo semestre de 2016.
Cambios también en el Plan Vive
El anunciado este lunes no es el único requisito de empadronamiento para acceder a una vivienda que va acometer la Comunidad, ya que, como adelantó este diario hace unos días, también se está tramitando un cambio en los requisitos de asignación de los pisos de alquiler de las promociones del Plan Vive que elevarán dos años el marco actual. En concreto, ahora mismo se reclama que los solicitantes de un piso de alquiler de este programa acrediten al menos tres años de residencia en el municipio en el que quieren obtener un piso, o bien que puedan acreditar que llevan trabajando en esa localidad ese mismo tiempo mínimo, ya que la vinculación laboral opera en defecto del domicilio habitual. Y en la reforma que se ha puesto sobre la mesa ese periodo mínimo se eleva hasta los cinco años de antigüedad.
Esta exigencia no coincide con la que se pretende aprobar para las casas que se certifiquen como protegidas porque los pisos del Plan Vive, que se construyen en suelos de redes supramunicipales al amparo de concesiones demaniales, tienen una normativa propia que está plasmada en un decreto autonómico desde 2020.