Qué tipos de mayoría existen en la Asamblea Legislativa y qué se puede aprobar con cada una
No todas las votaciones en la Asamblea Legislativa requieren la misma cantidad de apoyo para ser aprobadas.
Para esto, la Constitución Política y el Reglamento del Congreso establecieron mecanismos que diferencian entre mayoría simple o absoluta (términos que se usan de forma intercambiable) y mayoría calificada.
La mayoría de los proyectos de ley que se discuten requieren una mayoría absoluta para su aprobación, es decir, la mitad más uno de los diputados presentes. El artículo 119 de la Constitución indica que “las resoluciones de la Asamblea se tomarán por mayoría absoluta de votos presentes, excepto en los casos en que esta Constitución exija una votación mayor“.
Por ejemplo, si en una sesión del plenario hay 42 diputados presentes, harían falta 22 votos para que un proyecto de ley ordinario se apruebe. Con mayoría absoluta también se puede controlar la agenda legislativa, nombrar puestos del Directorio Legislativo, nombrar al defensor o defensora de los Habitantes, censurar ministros y aprobar el presupuesto nacional.
En la conformación de la Asamblea Legislativa para el periodo 2026 - 2030 el chavista Partido Pueblo Soberano (PPSO) cuenta con 31 diputados electos. Es decir mayoría simple o absoluta.
La fracción que le sigue en tamaño es del Partido Liberación Nacional con 17 curules.
La mayoría calificada, por su parte, requiere del voto afirmativo de dos terceras partes del total de 57 diputados, es decir, 38 votos, y se requiere para proyectos o discusiones de mayor rango, como reformas constitucionales, levantamientos de inmunidad y para denegar la reelección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Los 38 votos son necesarios también para suspender derechos y garantías individuales, destituir al contralor o contralora, tramitar una ley por la vía rápida, reformar el reglamento legislativo, convocar a referéndum, crear instituciones autónomas, otorgar amnistías e indultos generales por delitos políticos, con excepción de los delitos electorales, trasladar la sede de la Asamblea Legislativa, entre otras materias.
Se demanda también una mayoría de tres cuartas partes del Congreso, o sea 43 diputados, para “los tratados públicos y los convenios internacionales referentes a la integridad territorial o la organización política del país”, según el artículo 7 de la Carta Magna.