Estos son todos los cambios en la declaración de la renta de 2026
Se acerca una nueva campaña de la renta. Los contribuyentes de este país podrá ponerse al día a partir del próximo mes de abril, momento en el que se abre el plazo para realizar la declaración de ingresos correspondientes al 2025.
Un año más, la Agencia Tributaria mantiene Renta Web como la plataforma central para gestionar el borrador y tramitar la declaración por internet, un sistema que permite completar todo el proceso sin necesidad de acudir a una oficina.
No obstante, quienes prefieran la atención telefónica podrán solicitar cita previa a principios de mayo, concretamente a partir del día 6, mientras que la asistencia presencial en oficinas comenzará el 1 de junio, con fecha límite para presentar el IRPF el 30 de junio.
Para este año, la declaración de la renta ha sufrido algunos cambios respecto al año pasado. Son varias las modificaciones que afectarán a miles de contribuyentes en este 2026, por lo que resulta importante estar al tanto para evitar errores.
Los cambios en la declaración de la renta
La campaña del IRPF está a la vuelta de la esquina y existen varias modificaciones respecto al año pasado. La primera y más llamativa es la fecha de inicio de la renta. En 2025, los ciudadanos pudieron realizar la renta correspondiente a partir del 2 de abril, y este año será diferente. No será hasta el día 8 cuando los contribuyentes podrán ponerse al día con la Agencia Tributaria.
Otra de los cambios importantes tiene que ver con aquellos que obtienen ingresos elevados procedentes del capital o de la venta de activos financieros. Y es que Hacienda ha modificado los tramos del impuesto sobre el ahorro, añadiendo un nuevo escalón en la parte más alta.
En 2025, la tributación máxima era del 28%, y para 2026 se ha elevado. Las ganancias patrimoniales o los dividendos que superen los 300.000 euros anuales tributarán ahora a un 30%, mientras que el primer escalón se mantendrá igual (19% para las ganancias de hasta 6.000 euros).
Esta modificación queda recogida en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, e implica que los contribuyentes con grandes patrimonios tributarán dos puntos más por sus rendimientos del ahorro.
Deducciones y exenciones
Una de las novedades más relevantes para este 2026 afectará a millones de trabajadores. Por un lado, el Gobierno ha confirmado la exención total para los trabajadores que perciban el salario mínimo interprofesional (SMI). En este caso, las personas con ingresos anuales inferiores a 16.576 euros no tendrán la obligación de presentar la declaración.
Por otro, aquellos contribuyentes con salarios bajos próximos al SMI contarán con una ayuda del estado. La Ley 5/2025, de 24 de julio, con efectos desde el 1 de enero de 2025, refleja una deducción específica para trabajadores con ingresos reducidos con el objetivo de aliviar carga fiscal. La deducción alcanza un máximo de 340 euros, y se va reduciendo hasta superar los 18.276 euros anuales.
El paro no obliga a declarar
Además de todas estas medidas, el Gobierno ha incluido la posibilidad de no tener que declarar cuando se recibe la prestación por desempleo. A partir de ahora, los desempleados solo rendirán cuentas si superan los límites económicos generales, algo que no ocurría en campañas anteriores, donde era obligatorio presentar la renta para todos estos ciudadanos.
Los contribuyentes ya pueden realizar el borrador
Aunque aún quedan un par de meses para la cita anual con la Agencia Tributaria, los españoles ya pueden planificar con antelación su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) gracias a Renta Web Open.
Se trata de una nueva herramienta de la Agencia Tributaria que permite introducir los datos fiscales para conocer de manera anticipada si el resultado de la declaración será a ingresar o a devolver, antes del inicio oficial de la campaña en abril.
Para acceder al simulador, los usuarios deben entrar en el portal de la Agencia Tributaria y buscar el apartado de la campaña de renta 2025. Dentro de Renta Web Open, se puede iniciar una nueva declaración desde cero o cargar un archivo de datos previamente generado. El sistema solicita primero datos identificativos completos, como NIF, nombre, estado civil y si se tienen hijos o personas mayores a cargo, elementos que determinan el mínimo personal y familiar.
A continuación, el formulario permite volcar los ingresos por rendimientos del trabajo, cuentas bancarias, inversiones o actividades económicas, en el caso de los autónomos. Al finalizar, el simulador ofrece un resumen detallado de resultados, incluyendo la cuota íntegra, las retenciones practicadas durante el año y la cifra final. El resultado aparecerá con signo negativo si Hacienda debe devolver dinero al contribuyente o sin él si este debe realizar un pago.