Hacen la graduación y venden las gafas: ¿una o dos comisiones? El Supremo confirma que solo cobrarán una por operación, aunque realicen ambas funciones
La guerra de las comisiones en las ópticas ha encontrado su fin en el Tribunal Supremo. Los trabajadores de una conocida cadena de establecimientos ópticos, repartidos por todo el país, se enfrentaron a la empresa por una cuestión aparentemente sencilla pero que escondía un importante debate económico: si un mismo empleado realiza la graduación de la vista al cliente y luego cierra la venta de las gafas, ¿debe cobrar una comisión por cada una de esas labores o solo una?
La respuesta que ha dado la Sala de lo Social, mediante la sentencia número 244/2026, es clara: una sola comisión por operación completada.
El conflicto nació tras la firma de un nuevo acuerdo sobre retribución variable, alcanzado en mayo de 2024 tras semanas de negociación. En él se estableció un régimen particular para los ópticos, que participan en las ventas realizando un servicio previo, como la graduación.
La cláusula en cuestión permitía que hasta dos personas pudieran comisionar por una misma factura, una novedad que buscaba reconocer el trabajo de quienes preparaban la venta sin llegar a cerrarla.
Sin embargo, los sindicatos entendieron que aquel máximo de dos personas abría la puerta a que, cuando solo hubiera un empleado realizando ambas funciones, este pudiera percibir dos comisiones acumuladas.
La negociación que dejó fuera la doble comisión
Los representantes de los trabajadores llevaron el caso a la Audiencia Nacional, que falló en contra de sus pretensiones, y ahora el Supremo ha ratificado aquel criterio.
El alto tribunal ha analizado el proceso de negociación que llevó al acuerdo y ha comprobado que la intención de las partes nunca fue duplicar el pago cuando un óptico hiciera todo el trabajo.
Durante las reuniones previas a la firma, los sindicatos llegaron a plantear esa posibilidad, pero la propuesta no fue aceptada por la comisión negociadora y el texto definitivo del acuerdo se firmó sin incluirla.
Los magistrados han subrayado que la referencia a que puedan intervenir dos personas en una misma venta no implica que una sola pueda generar dos comisiones distintas, sino que se trata de un límite pensado para repartir la comisión cuando intervienen dos profesionales de perfiles diferentes.
La sentencia, que ahora es firme, cierra así la vía a una interpretación que los sindicatos defendían como más beneficiosa para los ópticos.