La Audiencia Nacional cita como testigos a cuatro directivos de la federación en la causa contra Rubiales
El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha citado a cuatro directivos de la Real Federación Española de Fútbol para declarar como testigos en el procedimiento abierto contra Luis Rubiales por el beso no consentido que impuso a Jenni Hermoso tras el triunfo de la selección española femenina en el mundial de Australia y las supuestas coacciones para que aprobara y justificara su versión de que el beso fue un un gesto de complicidad entre dos amigos, confirman fuentes jurídicas a elDiario.es.
Según ha adelantado El Independiente, los citados son el director de Marketing, Rubén Rivera; la jefa de prensa de la selección femenina, Patricia Pérez; el director de Integridad, Miguel García Caba; y el director de la sección masculina, Alberto Luque. El magistrado ha acordado esta diligencia tras haber interrogado el viernes 15 de septiembre al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). En su declaración, Rubiales negó la falta de consentimiento y que hubiera hostigado a la futbolista.
Tras la declaración, el juez prohibió a Rubiales acercarse a menos de 200 metros de la jugadora y comunicarse con ella mientras avanza la investigación. Rechazó, sin embargo, la petición de la Fiscalía de que tuviera que comparecer cada 15 días en el juzgado. Tampoco accedió a la solicitud de la abogada de la futbolista de embargar de forma preventiva los bienes del exdirigente federativo.
La futbolista ya ha dejado claro en varios pronunciamientos públicos que el beso no fue consentido. Minutos después de que se produjera, expresó en un vídeo grabado en el vestuario que no le había gustado. Y en un comunicado posterior afirmó que se había sentido “vulnerable” y “víctima de una agresión” como consecuencia de “un acto impulsivo, machista, fuera de lugar” y “sin ningún tipo de consentimiento” por su parte.
En su querella, el Ministerio Público considera que ese beso que Rubiales impuso en la boca a la futbolista mientras le agarraba la cabeza con las dos manos es constitutivo de un delito de agresión sexual previsto en el artículo 178 del Código Penal. Este precepto prevé penas de uno a cuatro años de prisión en el caso de las agresiones sexuales en las que no media intimidación, violencia o anulación de la voluntad, aunque el órgano sentenciador puede imponer la pena de prisión en su mitad inferior (de un año a dos años y medio) o multa de dieciocho a veinticuatro meses atendiendo a “la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable”.
Pero, además, la fiscal considera que Rubiales cometió también un delito de coacciones —previsto y penado en el artículo 172— por la “presión constante y reiterada” a la que él mismo y su entorno sometieron supuestamente a Hermoso y sus familiares y amigos para que justificara y aprobara públicamente un hecho cometido “contra su voluntad”. La fiscal, basándose en el testimonio de la víctima, entiende que ésta sufrió “una situación de hostigamiento, en contra del desarrollo de su vida en paz, tranquilidad y libremente”.
El lunes 11 de septiembre, el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional, del que es titular De Jorge, apreció indicios suficientes de delito en la querella de la Fiscalía y decidió admitirla a trámite iniciando así la investigación. El juez reclamó a varios medios, entre ellos RTVE, los vídeos del beso forzado “desde todos los ángulos”, así como de los instantes previos y posteriores, incluidos los de la celebración en el vestuario y el autobús.
Algunos de esos vídeos han formado parte de la estrategia de defensa de Rubiales ante la FIFA, a donde remitió imágenes en las que se ve a las jugadoras —Hermoso entre ellas— celebrando su histórica victoria en el bus y haciendo algunas bromas sobre el beso forzado del ya exdirigente a la futbolista, que ya había expresado en el vestuario que el beso no le había gustado y que explicó después en un comunicado que la situación le había supuesto un “shock” por el contexto de celebración.