Xavi Abat, abogado: "El contrato de alquiler puede ser indefinido, pero hay una excepción"
¿Y si tu contrato de alquiler es, en la práctica, mucho más largo de lo que imaginas? Esa es la idea que el abogado Xavi Abat (conocido en TikTok como @xavi_abat) ha difundido en redes a raíz de una resolución reciente del Tribunal Supremo: la Sentencia 1387/2025.
Según explica Abat en uno de sus vídeos, el alto tribunal reconoce la validez de ciertas cláusulas que permiten que un alquiler se vaya prorrogando sin una fecha final cerrada, siempre que exista un pacto claro y expreso entre propietario e inquilino. La novedad, remarca, es que ese indefinido no significa para siempre: el Supremo marca un límite temporal máximo: 30 años.
La sentencia parte de un caso en el que las partes firmaron un arrendamiento y, además, un anexo que contemplaba una prórroga por años sucesivos con carácter indefinido, obligatoria para el arrendador y potestativa para el arrendatario, que podía finalizar el contrato avisando con antelación.
El Supremo entra a valorar si ese tipo de cláusula choca con el régimen de duración de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Y, en esencia, concluye que si hay autonomía de la voluntad y el pacto está bien definido, puede admitirse una prórroga convencional más allá de las prórrogas típicas que fija la ley.
En paralelo, conviene recordar el marco general: la LAU permite pactar libremente la duración, pero si es inferior a cinco años (o siete si el arrendador es persona jurídica), el contrato se prorroga obligatoriamente hasta alcanzar esos mínimos, salvo que el inquilino comunique que no quiere renovar. Además, una vez alcanzados esos mínimos, la LAU prevé una prórroga tácita de hasta tres años si no hay preaviso en plazo.
Los dos escenarios que señala Xavi Abat
En su vídeo, el abogado apunta dos supuestos prácticos en los que un inquilino podría encontrarse con un alquiler casi indefinido:
- Que el contrato recoja que se renovará a voluntad del arrendatario (una prórroga que va avanzando mientras el inquilino quiera seguir).
- Que el contrato indique expresamente que es indefinido, firmado por ambas partes.
La clave, en ambos casos, es la misma: no vale una fórmula ambigua. Debe apreciarse una voluntad contractual clara.