Ábalos esgrime "lumbalgias de repetición" que le "impiden la movilidad" para que el juez le permita declarar desde prisión
José Luis Ábalos ha aportado al Tribunal Supremo (TS) varios informes médicos para acreditar que padece "lumbalgias de repetición" y un síndrome depresivo ansioso, entre otras patologías, para que el juez Leopoldo Puente le permita declarar por videoconferencia el próximo día 12 en la vista previa convocada antes del juicio, todavía sin fecha, del "caso mascarillas", en la que se enfrenta a una petición máxima de condena de 30 años de cárcel.
Según pone de manifiesto su defensa en el escrito que acompaña a esos informes, a los que ha tenido acceso LA RAZÓN, el exministro padece también estenosis, diabetes, dislipemia, hipertensión arterial y escoliosis que "le producen lumbalgias hasta el punto de impedirle la movilidad".
En ese escrito, su procuradora señala que toda la información médica remitida "indica la posible afectación del traslado para la situación física" del ex secretario de Organización del PSOE.
Entre los diversos documentos figura precisamente un dictamen del gabinete médico del Congreso de los Diputados del 27 de noviembre del pasado año que hace referencia a esas lumbalgias y a un "síndrome depresivo ansioso". Incluso unos meses antes, en abril de 2025, el equipo médico de la Cámara Baja llegó a prescribirle reposo domiciliario para superar un episodio de lumbociática.
"Pérdida de fuerza"
En esos informes se recoge igualmente que esos dolores lumbares provocan al exdirigente socialista una "pérdida de fuerza".
Ábalos, en prisión provisional desde el pasado mes de noviembre por el "caso Koldo" y pendiente de ir a juicio por el supuesto amaño de adjudicaciones en pandemia para la compra de mascarillas a cambio de comisiones, pretende comparecer en esa vista previa por videoconferencia desde la madrileña cárcel de Soto del Real.
El exministro alude a la "dureza" de los traslados a la sede judicial, en los que los presos "son trasladados en furgones blindados diseñados para la seguridad, no para la comodidad, a menudo compartiendo espacios reducidos y en condiciones de higiene más que mejorables". Y recuerda que el Defensor del Pueblo "ha recomendado en ocasiones la revisión de los protocolos para evitar desplazamientos innecesarios y mejorar las condiciones".
"Deterioro anímico y físico"
Esos traslados en furgón suponen -hace hincapié su abogado, Marino Turiel- "un deterioro anímico y físico" para el preso, por lo que entiende que "el sufrimiento que supone no puede sino justificarse con la necesidad imperiosa de dicho traslado a sede judicial", algo que no aprecia en este caso, en el que su presencia obligada en la sala puede sustituirse "por el método de videoconferencia".
Un método, señala, "plenamente valido y eficaz con garantía de inmediación y válida interlocución procesal" según la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que, subraya, garantiza asimismo el derecho de defensa.