Fiorella Molinelli irá a juicio oral por caso Chinchero: Fiscalía pide 10 años de cárcel por el presunto delito de colusión
El Poder Judicial ordenó llevar a juicio oral a Fiorella Molinelli Aristondo y a otros 12 acusados por el presunto delito de colusión agravada tras la firma de la adenda en el contrato de concesión del Aeropuerto Internacional de Chinchero-Cusco (Caso Chinchero).
En su resolución, la jueza del 30° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de Lima, dispuso dictar auto de enjuiciamiento y determinó que el caso sea visto en el Juzgado Penal Unipersonal de Lima. El fallo además señala que la acusación cumple con formular una imputación clara y concreta, por lo que el caso debe pasar a la etapa de juzgamiento.
De acuerdo con el documento judicial, Fiorella Molinelli figura entre los acusados como presunta autora del delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, junto con Camilo Carrillo Purín, Yaco Rosas Romero, Gianina Beoutis Manrique, Hernán Muñoz Valdivia y Nancy Zedano Martínez. En tanto, afrontarán el juicio como presuntos cómplices César Balbuena Vela, Alfredo Dammert Lira, José Carlos Balta del Río, Javier Rizo Patrón Larrabure, Carlos Vargas Loret de Mola, Ximena Zavala Lombardi y Patricia Teullet Pipoli
La Fiscalía solicita para los 13 acusados 10 años de pena privativa de libertad, 10 años de inhabilitación y 487 días multa, calculados sobre el 25% de sus ingresos diarios. Asimismo, plantea el pago solidario de una reparación civil de US$ 268.545 974 de los cuales US$ 168.545.974 corresponden a daño patrimonial y US$ 100.000 a daño extrapatrimonial.
Al respecto, Roberto Pereira, abogado de Fiorella Milonelli, confirmó a La República que hay un auto de enjuiciamiento notificado; sin embargo, adelantó que la defensa apelado por lo que pueda que se retrase el inicio del juicio hasta que se resuelvan.
"El primero está relacionado con dos excepciones planteadas durante la etapa de control. La primera es la excepción de cosa juzgada civil, basada en un laudo arbitral internacional que ya se pronuncia sobre la legalidad de la adenda. Este laudo concluye que la adenda es legal, mientras que la Fiscalía sostiene lo contrario. El Estado peruano participó en ese proceso, no alegó corrupción y cumplió con el laudo, por lo que esa discusión ya está resuelta. Por ello, consideramos que no puede reabrirse en sede penal (...) La segunda es una excepción de improcedencia de acción, ya que los hechos imputados no contienen elementos de ilicitud", dijo Pereira.
El abogado de Molinelli mencionó, además, que ambas excepciones fueron rechazadas en primera instancia y han sido apeladas, por lo que se encuentran a la espera de la decisión de la sala.