¿Tendrán las amas de casa derecho a una pensión de jubilación en 2026? Esto es lo que dice la Seguridad Social
Casi tres millones. Este es el número de amas de casa que hay en España y que se dedican en exclusiva a las labores del hogar. Cocinar, limpiar, poner la lavadora, planchar o cuidar a los más pequeños de la casa son tan solo algunas de las muchas tareas domésticas que realizan durante años. Muchas ya han superado la edad de jubilación y se enfrentan a una situación complicada: al no haber trabajado nunca fuera del hogar, no han cotizado a la Seguridad Social y, por tanto, no pueden acceder a una pensión contributiva.
No obstante, estas mujeres que han dedicado décadas de su vida a ser amas de casa tienen una vía de protección específica. Cuando llega el momento de la jubilación podrán acceder a una pensión no contributiva.
"La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva", tal y como explica el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) en su página web.
La cuantía de la pensión no contributiva de jubilación e invalidez en España para 2026 se establece en 8.803,20 euros anuales. Este importe se distribuye en 14 pagas de 628,80 euros al mes.
Requisitos para acceder a esta pensión
Para acceder a esta pensión, las amas de casa deben cumplir varios requisitos. El primero es la edad: haber alcanzado los 65 años o más en el momento de presentar la solicitud. Además, se exige residencia legal en España durante al menos 10 años, de los cuales dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la petición de la prestación.
También es imprescindible acreditar la falta de ingresos suficientes. En 2025, el límite individual para quienes viven solas es de 7.905,80 euros anuales, aunque esta cifra aumenta en función del número de convivientes y de los ingresos totales de la unidad familiar. Con la revalorización prevista para 2026, el umbral económico se situará en 8.803,20 euros anuales.
Por último, esta prestación no es compatible con una pensión contributiva, por lo que solo pueden solicitarla quienes no tengan derecho a una pensión ordinaria de jubilación.
¿Cómo se puede solicitar esta pensión?
La tramitación de la pensión no contributiva depende en gran medida de las comunidades autónomas, que tienen transferidas las competencias de gestión, aunque el procedimiento sigue unas pautas comunes. Para solicitarla, es necesario reunir documentación como el DNI o NIE, el certificado de empadronamiento y justificantes de ingresos y patrimonio, y completar el formulario oficial de solicitud.
La solicitud puede presentarse por internet a través de la sede electrónica de la comunidad autónoma o del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, así como de forma presencial en sus oficinas o en las de la administración autonómica. En Ceuta y Melilla, la gestión corresponde exclusivamente al Imserso. Una vez presentada la solicitud, la administración dispone de un plazo que suele ser de hasta seis meses para resolver, durante el cual puede comprobar la situación económica del solicitante.