Díaz revoluciona el SEPE: el colectivo LGTBI deberá acreditar su condición para ser prioritario en la búsqueda de empleo
La titular de Empleo parece experta en generar polémica. Ahora, a cuenta de la nueva Ley de Empleo que tramita el Parlamento por la vía de urgencia. Esta norma fija la hoja de ruta que deberán seguir los funcionarios cuando tengan enfrente a un parado, y entre los colectivos vulnerables figura como novedad el colectivo LGTBI. La polémica en este caso no se provoca por la condición sexual de los afectados, si no por el hecho de cómo deberán acreditar su condición ante los funcionarios, una nueva hoja de ruta cargada de burocracia que genera dudas entre los empleados del SEPE, que ya operan con pocos medios y mucha carga de trabajo. En este caso aquellos desempleados que estén incluidos en el colectivo LGTBI tendrán que acreditar previamente ante el Ministerio de Trabajo su condición sexual para que posteriormente las administraciones, tanto la central como la autonómica, tenga conocimiento y se asegure el apoyo especial al colectivo. Todos estos datos serán confidenciales y, en ningún caso, conocidos por las empresas. La Ley de Empleo está llamada a mejorar el funcionamiento de las fallidas políticas activas de empleo del SEPE, un organismo más centrado en pagar el paro a los desempleados que en buscar trabajo. A lo largo de los años varias han sido las reformas frustradas para un servicio con una plantilla escasa y envejecida. Ahora, Yolanda Díaz pone en marcha una nueva norma que ha comprometido con Bruselas, que en su artículo 50 explica que el Gobierno y las comunidades autónomas «adoptarán, de acuerdo a los preceptos constitucionales y estatutarios, así como con los compromisos asumidos con la Unión europea y en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, programas específicos destinados a fomentar el empleo de las personas con especiales dificultades para el acceso y mantenimiento del empleo , y para el desarrollo de su empleabilidad, con el objetivo de promover una atención específica hacia las personas integrantes de los mismos en la planificación, diseño y ejecución de las políticas de empleo». Colectivos vulnerables Así, la nueva normativa relata que se consideran «colectivos vulnerables de atención prioritaria» a varios grupos, cuya búsqueda de empleo está siendo más difícil. La norma cita, además de al colectivo LGTBI , en particular trans, a los jóvenes con baja formación , a los parados de larga duración y a personas con discapacidad . También menciona a personas con discapacidad intelectual límite , mayores de 45 años , migrantes, beneficiarios de protección internacional y solicitantes de protección internacional, mujeres con baja cualificación, mujeres víctimas de violencia de género , personas en situación de exclusión social, parados de raza gitana o pertenecientes a otros grupos étnicos o religiosos, afectados por sectores en reestructuración, drogodependientes y aquellos cuya guardia y tutela sea o haya sido asumida.