Profesor de colegio de Ate fue condenado por pedir dinero a escolar para beneficiarla en sus calificaciones: no podrá enseñar por más de 4 años
En el distrito de Ate, un profesor de la Institución Educativa Nacional Juan Andrés Vivanco Amorín fue hallado culpable de pedir dinero a una alumna con la promesa de favorecerla en su rendimiento académico. La Justicia sancionó al docente, al determinar que esta conducta vulneró gravemente los principios del servicio público y afectó la integridad del sistema educativo en Perú.
El hecho se reveló tras una rigurosa investigación de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Este (3.° Despacho), liderada por el Fiscal Provincial José Alberto Bustios Ledesma. La denuncia, respaldada por sólidos elementos probatorios, terminó en una sentencia contra el docente, identificado con las iniciales M.A.V., quien deberá asumir las consecuencias legales de sus actos.
Condenan a profesor de Ate por pedir dinero a escolar
La intervención de la Fiscalía fue determinante para que el caso no quedara impune. Según las diligencias realizadas, M.A.V., en su calidad de profesor en la mencionada institución educativa del distrito de Ate, solicitó una suma de dinero a una estudiante. A cambio, el docente prometió mejorar las calificaciones académicas de la menor, atentando directamente contra la ética profesional y el derecho a una educación justa.
Durante el juicio oral, la Fiscal Adjunta Provincial Kenia Grimalda Garrido Pajuelo presentó las pruebas necesarias para demostrar la responsabilidad del acusado. La argumentación fiscal incluyó testimonios, documentos y evidencias que confirmaron el ilícito. La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, en representación del Estado, también participó activamente en el proceso judicial, solicitando una sanción ejemplar.
¿Qué sentencia se le impuso al docente?
El Poder Judicial impuso a M.A.V. una pena privativa de libertad de cinco años, la cual quedó suspendida por el periodo de diez meses, siempre que cumpla estrictamente con las reglas de conducta establecidas. Esta decisión se basa en la tipificación del delito de cohecho pasivo propio, contemplado en el Código Penal peruano, el cual sanciona a los funcionarios públicos que reciben ventajas indebidas a cambio de realizar actos contrarios a sus deberes.
Asimismo, la sentencia incluye una inhabilitación por cuatro años y dos meses. Esto significa que M.A.V. no podrá ejercer ningún cargo en el sector público durante ese tiempo, ni tampoco desempeñar funciones docentes. Adicionalmente, deberá abonar la suma de S/ 5.000 por concepto de reparación civil al Estado, tal como exige el artículo 36 del Código Penal.