Sebastián Ramírez, abogado laboralista: "Las tres órdenes que no te puede dar tu jefe bajo ningún concepto en 2026"
Los abusos laborales en el entorno de trabajo siguen siendo una realidad estructural en muchos sectores. Tal y como esclarece el informe de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, en 2025 se realizaron cada semana alrededor de 2,5 millones de horas extra que no fueron abonadas, una cifra que evidencia la magnitud del problema. Este volumen de trabajo no remunerado refleja una normalización de prácticas que afectan directamente a la calidad del empleo y a la protección efectiva de los derechos de los trabajadores.
En este contexto adquiere especial relevancia la llamada "garantía de indemnidad", un principio jurídico que actúa como escudo frente a posibles represalias empresariales cuando un trabajador decide reclamar sus derechos por la vía judicial o administrativa. Esta protección impide que la empresa pueda sancionar, despedir o perjudicar al empleado por haber denunciado irregularidades o exigido el cumplimiento de la normativa laboral. Sin embargo, su aplicación es todavía poco conocida entre la gran mayoría de asalariados, lo que deja a muchos trabajadores en una posición de vulnerabilidad ante posibles abusos.
refuerza esta protección en su artículo 17.1 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece de forma expresa lo siguiente. "Serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación", esclarece el marco legal. Esta previsión legal pone de manifiesto la intención de la normativa de proteger no solo el derecho a reclamar, sino también de evitar cualquier consecuencia negativa derivada de ese ejercicio.
Las tres órdenes de tu jefe que no debes cumplir
Sebastián Ramírez, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de "Leyes con Sebas" por compartir contenido divulgativo sobre derecho laboral, expone las prácticas que no debes consentir en tu trabajo de ninguna manera. "Estas son las tres órdenes que no te puede dar nunca, bajo ningún concepto, tu jefe", comienza explicando el profesional del derecho laboral en una de sus últimas publicaciones. En el entorno laboral, a menudo, por miedo a las represalias antes mencionadas, los trabajadores evitan la confrontación con sus superiores y aceptan acuerdos que no deberían. Además, muchas de estas acciones conforman abusos laborales evidentes.
"En primer lugar, darte las vacaciones de un día para otro. Sí, es muy común que te digan: 'Oye, a partir del viernes tienes una semana de vacaciones porque no hay faena'. No es legal", sentencia. En muchos casos, los empleados desconocen que su derecho a vacaciones conlleva un proceso de selección que debe ser acordado por ambas partes, sin excepción. "En segundo lugar, obligarte a trabajar en días festivos. Existen excepciones, como por ejemplo en la hostelería, cuando así lo contempla el convenio colectivo, sí se podrá. Pero como norma general no te pueden obligar a trabajar un día festivo, es voluntario", confirma. De esta manera, la decisión del asalariado es la que prevalece.
Cuidado con las horas extra: así funcionan
"Y por último, obligarte a hacer horas extras. Las horas extras son totalmente voluntarias", comenta. Es frecuente que, debido a la carga de trabajo de una jornada en concreto, la empresa necesite de la participación del empleado para llevar a cabo todas sus labores. Por el contrario, esto nunca se debe entender como una imposición, sino como una libre elección. "Nunca te las pueden imponer ni obligar, excepto en los casos de fuerza mayor, que son muy excepcionales y tiene que darse una causa, como indica la propia expresión, de fuerza mayor. No puede ser una sobrecarga de trabajo que ya se podía prever", concluye.