La división en el CGPJ encalla la decisión de abrir un expediente al juez Peinado
La falta de consenso entre los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dejado en suspenso la decisión de archivar cinco diligencias informativas que hay abiertas en contra del magistrado Juan Carlos Peinado, instructor de la causa que investiga a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.
La comisión permanente del máximo órgano de los jueces tenía este martes que decidir sobre si archivar estas investigaciones contra el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, tal y como ha propuesto el promotor de la acción disciplinaria –la sección encargada de investigar y promover expedientes disciplinarios contra los jueces–, o expedientar al juez. Pero los miembros del principal órgano de decisión del CGPJ no se han puesto de acuerdo y tendrán que seguir deliberando en los próximos días.
Las quejas contra el juez Peinado fueron interpuestas por la propia comisión permanente, un particular; la asesora de Moncloa de la mujer de Pedro Sánchez, Cristina Álvarez; el grupo municipal Más Madrid y el diputado socialista Guillermo Hita y el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Este último aseguró que el instructor actuó de forma «irregular» en su interrogatorio como testigo en el Palacio de la Moncloa.
Sin embargo, la investigación con más importancia es la relativa a las afirmaciones del magistrado en el auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez sobre que los policías que ejercen de escolta de presidencia podrían ayudarla a fugarse. Se trata de uno de los argumentos con los que el juez Peinado justificó la imposición de medidas cautelares –retirada de pasaporte, prohibición de salida del territorio nacional y obligación de comparecencia quincenal– contra la mujer de Pedro Sánchez.
Estas afirmaciones llevaron a que el CGPJ se reuniera de forma extraordinaria durante dos días para estudiar si abrir o no un expediente disciplinario contra el magistrado.
Así, la propia comisión permanente determinó con los cuatro votos a favor de los vocales progresistas y con el voto de calidad de la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, remitir al promotor de la acción disciplinaria una copia del auto para que decida si las expresiones referidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado eran constitutivas de una falta grave del artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pese a que los cuatro vocales conservadores se opusieron.
Este artículo regula que, en caso de que haya un «exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial», el instructor podría enfrentarse a una sanción grave que incluye desde multas de 6.000 euros hasta la propia exclusión de la carrera judicial.
No obstante, los vocales conservadores ya emitieron un voto particular al respecto para advertir de que el CGPJ no era el órgano competente para valorar tal extremo, asegurando que solo podría actuar si así se lo solicitaba el tribunal superior del juzgado en cuestión y que, en caso contrario –como ha ocurrido–, esto supondría una intervención que podría afectar a los principios de independencia judicial y exclusividad.