El TSJC confirma que la Seguridad Social debe mantener la incapacidad permanente a una agente de los Mossos con secuelas de un cáncer
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la condena impuesta a la Seguridad Social por haber retirado la incapacidad permanente total a una agente de los Mossos d'Esquadra que había padecido un cáncer de mama y continuaba presentando dolor y otras secuelas derivadas del tratamiento. La resolución avala el criterio ya adoptado en enero de este año por el Juzgado de lo Social número 2 de Lleida, según recoge el diario Segre.
La Sala de lo Social del TSJC confirma que la agente debe permanecer "en situación de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para su profesión habitual". El fallo del juzgado leridano reconoció asimismo su derecho a percibir una prestación equivalente al 55% de la base reguladora de su salario, junto con los incrementos, revalorizaciones y descuentos que puedan corresponderle.
La policía llevaba en esta situación de incapacidad permanente total desde el 29 de enero de 2019. Poco antes, la Subdirecció General d'Avaluacions Mèdiques (SGAM) había emitido un dictamen en el que constataba que la mujer había padecido una neoplasia en la mama izquierda. El tratamiento con radioterapia, sumado a la colocación de una prótesis, le había ocasionado una dolorosa reacción inflamatoria. El informe precisaba que se encontraba "pendiente de extracción y reconstrucción mamaria".
La revisión iniciada por la Seguridad Social
La incapacidad fue ratificada en noviembre de 2020 y de nuevo en julio de 2023. No obstante, a finales de diciembre de 2024 la Seguridad Social revisó de oficio el grado reconocido, apoyándose en un nuevo informe de la SGAM. Este documento indicaba que la agente había sido "reintervenida con buena evolución" y que "en estos momentos no hay limitación impeditiva invalidante objetiva".
La Administración determinó que se había producido una "mejoría de grado" y resolvió que la mujer ya no presentaba ningún grado de incapacidad permanente. La agente recurrió esa decisión ante la jurisdicción social.
Según los hechos que el Juzgado de lo Social número 2 de Lleida dio por probados, la policía sufría "dorsalgia recurrente derivada del tratamiento oncológico de mama y secuelas locales", así como una "contractura capsular asociada a radioterapia" y dolor. Estas dolencias, a juicio del tribunal, seguían limitando su capacidad para ejercer su profesión habitual.
El 23 de enero, el juez matizó su sentencia y afirmó que la afectada presenta "una limitacion funcional para la realización de su profesión habitual como mosso d'esquadra con un mínimo de rendimiento". A la contractura capsular, la radiodermitis y el dolor se sumaba la recomendación médica de "evitación de esfuerzos como consecuencia de ser portadora de una prótesis reconstructiva irradiada".
El juzgado estimó que el diagnóstico mantenía su "gravedad y relevancia funcional" y rechazó que se hubiera dado "mejoría alguna de la situación". La Seguridad Social impugnó esta decisión ante el TSJC, pero la Sala de lo Social desestimó su pretensión de anular la declaración de incapacidad.
El TSJC descarta una recuperación relevante
El tribunal catalán concluyó que la agente "sigue teniendo dolor y dorsalgia", que se le ha "recomendado médicamente la no realización de esfuerzos" y que no cabe considerar "apreciable una mejora significativa del cuadro anterior, ni una recuperación completa". En consecuencia, ratificó el derecho de la policía, actualmente en situación de segunda actividad, a mantener la incapacidad permanente total para su profesión habitual.
El TSJC ha reconocido además a la agente el derecho a cobrar la prestación correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de diciembre de 2024, fecha en la que la Seguridad Social se la retiró, y el 14 de marzo de 2025, día en que el juzgado de Lleida fijó la desestimación de la revisión. De acuerdo con la resolución del tribunal citada por Segre, excluir con carácter retroactivo la obligación de pago supondría "un evidente enriquecimiento injusto" para la Seguridad Social.