Justicia resuelve los pleitos del agua desde el siglo XX
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Aunque en la presente sequ?a que sufre la entidad se ha buscado su origen en la falta de agua de los 80, el Poder Judicial de Nuevo Le?n desempolv? dos expedientes hist?ricos de juicios civiles de pobladores de Cerralvo y Monterrey que peleaban por agua hace 118 a?os.
La plataforma MILENIO-Multimedios tuvo acceso a los expedientes, primero, de un pleito que tuvieron dos pobladores de la actual colonia Ni?o Artillero, en Monterrey.
Se trataba del litigio entre Jes?s Ma. Elizondo, quien promovi? un juicio en 1904 ante el Juzgado Primero de Letras de la Primera Fracci?n Judicial, quien demand? a Florentino Garza para que le diera sus dos horas de agua con sus tierras, que ten?an un valor de 425 pesos mexicanos, in?dito para la ?poca.
El abogado de Elizondo aleg? ante un juez que su representado compr? a Florentino Garza dos horas de agua que colindaban con algunas calles de su domicilio.
?Dichas dos horas de agua son las tierras que me corresponden, que es la sexta parte de la tierra descrita, seg?n las colindancias expresadas. Las compr? mi poderdante a Florentino Garza, como ya queda expreso.
?En virtud de tal contrato y conforme a los art?culos 2749 y 2753 del C?digo Civil, qued? perfecta la venta de la referida agua, y su respectiva tierra en favor del comprador, que es mi mandante, y due?o del agua, con todo el derecho que la ley da a los propietarios?, expres? el litigante ante un juicio oral en 1904.
El pergamino del litigio, de 11 hojas con letra manuscrita por un escribano y preservado por las autoridades, refiere que transcurri? el tiempo y se pusieron de acuerdo ambas partes.
La historia en Cerralvo
El Juzgado de Letras de la Quinta Fracci?n Judicial de Nuevo Le?n tom? en 1931 el juicio de oposici?n de un denunciado promovido por Emilio Hinojosa, presunto apoderado de la Comunidad de Tierras y Aguas de la Toma Principal de Agualeguas, aunque resuelto en el municipio de Cerralvo, contra Pedro Na?ez.
De acuerdo con el documento, que meti? en litigio y cit? diversas publicaciones del Peri?dico Oficial bajo el mandato de Francisco A. C?rdenas, gobernador de Nuevo Le?n, destac? que Emilio Hinojosa, dici?ndose apoderado de la comunidad de aguas de la toma principal de la villa de Agualeguas, entabl? una demanda.
?Se hizo ante el s?per gobierno del estado para que se me concediera (a Pedro Na?ez) merced de 16 surcos, o sea sean 104 litros de agua por segundo de las que corr?a tiempo de abundancia o de crecimiento es por el arroyo de magueyes y sus tributarios para acreditar su car?cter de apoderado de la comunidad?, se lee en el documento hist?rico.
Hinojosa habr?a presentado su demanda con un primer testimonio de la escritura de mandato a su favor y de don Protasio, su vecino, pero como Pedro se puso m?s listo junto con su abogado, lograron descifrar que ?ste ment?a.
?El se?or Emilio Hinojosa no es apoderado legal de la comunidad porque el poder que ostenta no le fue conferido por el presidente secretario de la mesa directiva de esa comunidad sino por Josemar?a Villarreal, vicepresidente de la comunidad de personas.
?No tiene ninguna facultad, te concedi? para dicho otorgamiento, en consecuencia, el poder es nulo y no puede surtir efectos legales?, justific? Pedro ante el juez.
El juzgador le concedi? la raz?n a Pedro y el problema se agrav?.