Condenado por abusar de una niña de 7 años y exhibirse desnudo delante de ella y su hermana de 3
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a cinco años y diez meses de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la hija de siete de años de unos amigos y exhibirse desnudo delante de la menor y su hermana de tres años. Según recoge el fallo, el condenado mantenía desde hace años una intensa relación de amistad con una pareja que había sido compañera de trabajo y acudía frecuentemente a su domicilio, sobre todo los fines de semana. El 28 de noviembre de 2020, tras comer juntos invitó a la hija de del matrimonio a que se fuera a pasar un rato con él jugando con una tablet en su casa , a lo que accedió la niña, con el consentimiento de sus padres, dada la «confianza que estos tenían en él». Pero una vez allí, «guiado por un propósito lascivo y libidinoso, le bajó los pantalones y, a continuación, le chupó su zona íntima (vagina)», quitándose él también la ropa y pidiéndole a la menor que le tocara el pene, tras lo que ella huyo del lugar y acudió a su casa a contárselo a su madre. La Audiencia de Salamanca considera además probado que en fecha y hora indeterminada, pero, en todo caso, anterior y próximas al citado 28 de noviembre de 2020, «voluntariamente mostró su pene a la citada niña y, además, a la otra hija aún más pequeña» del matrimonio, de escasos tres años, «diciéndoles que no se lo dijeran a nadie», lo cual, según relató la niña mayor ocurría cuando éste iba al baño y dejaba la puerta abierta para que le vieran. El fallo sustenta la culpabilidad en pruebas biológicas -restos de su saliva en fragmentos de la braga y cuerpo de la pequeña- y el relato de la pequeña, más que por el suyo durante la exploración -en la que se mostró «reacia» y entendiéndose «difícil» que recordara lo ocurrido-, por testimonios referenciales de aquellos a quien ella se lo contó, como es el caso e sus padres que «oyeron de boca de su hija lo sucedido esa tarde y en otras ocasiones», y que se han «mantenido, de modo coincidente y rotundo. A ellos se añade la valoración de la perito que descarta que fuera «fabulado o fruto de la inventiva de la menor ni de influencias externas, así como también la existencia de motivaciones espurias«. La Sala considera los hechos constitutivos, de un lado, de un delito agravado de abuso sexual a menor de dieciséis años y otro continuado de exhibicionismo. Además de la pena de prisión dicta la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 250 metros de la niña en un periodo de seis años y el pago de una indemnización de 8.000 euros a las dos menores por daños morales .