El Supremo confirma su condena a la Universidad Politécnica por vulnerar la neutralidad ideológica
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC) contra su condena, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), por «vulneración de la libertad ideológica y de expresión de sus profesores«, tras la aprobación por parte de su claustro de una declaración »de marcado contenido partidista«, en la que se cuestionaba el procesamiento de Andreu Mas-Colell , sancionado por el Tribunal de Cuentas por presuntas irregularidades en el gasto destinado a acción exterior cuando era consejero de Economía de la Generalitat. De este modo, el alto tribunal «confirma la condena a la UPC por vulneración de derechos fundamentales al realizar una declaración política contra el procesamiento de Mas-Colell», según apunta en un comunicado la plataforma Universitaris per la Convivènci a , impulsora de la demanda. La entidad celebra «la consolidación de la jurisprudencia en defensa de la neutralidad política de los claustros». «El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Universidad Politécnica de Cataluña contra su condena, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , por vulneración de la libertad ideológica y de expresión de sus profesores. Esta condena, que ahora deviene firme, se produjo como consecuencia de la aprobación de una declaración de marcado contenido partidista por parte del Claustro de la UPC, en la que se cuestionaba el procesamiento de Andreu Mas-Colell «, señala la plataforma. Noticias Relacionadas estandar No «No me racialices. Háblame catalán»: un curso de la Autónoma usa el «antirracismo» para fomentar el monolingüismo Esther Armora estandar Si ataque a la justicia y discriminación ideológica Un informe alerta a las instituciones europeas del «deterioro del Estado de derecho en España» Daniel Tercero En su decisión, el Supremo ratifica el «deber de neutralidad de las universidades públicas», reiteradamente vulnerado por las universidades catalanas, y recuerda que ya decidió el fondo del asunto en su sentencia 1536/2022 (resultado de otra demanda de Universitaris per la Convivència contra la Universidad de Barcelona), en la que declaraba que: «las universidades públicas como Administración Pública institucional y, dentro de las mismas, el Claustro Universitario como órgano de gobierno representativo de una comunidad universitaria plural, no puede adoptar acuerdos que se tengan como voluntad de la Universidad y que se refieran a cuestiones de naturaleza política o ideológica, propias del debate social y político, ajenas al objeto y funciones de la Universidad y que dividen a la ciudadanía». Según recuerda Universitaris per la Convivència , «en decisiones precedentes, el Tribunal Supremo ya había confirmado condenas semejantes a las universidades Pompeu Fabra (UPF) y Oberta de Catalunya (UOC), en estos casos en aplicación de la legislación electoral, igualmente vulnerada por la aprobación de declaraciones políticas«. «Universitaris per la Convivència agradece a los seis profesores de la Universidad Politécnica de Cataluña que han promovido este pronunciamiento judicial - Juan Carlos Aguado, Alejandro Rodríguez, Josep M. Olm, José Juan de Felipe, Alfredo de Blas, y Santiago Torres- su coraje y paciencia a la hora de defender las libertades de todos en el ámbito universitario frente a los abusos de las autoridades académicas. Y confía en que, de una vez por todas, estas autoridades se tomen en serio los derechos fundamentales de sus profesores y alumnos y se abstengan de asumir posiciones políticas partidistas que nunca pueden ser las de una institución pública, por definición ideológicamente neutral, por definición garante de las libertades individuales de todas y cada una de las personas que las integran«, concluye la plataforma en su nota.