Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "La Inspección de Trabajo no puede entrar en tu empresa si es el domicilio social"
La actividad de la Inspección de Trabajo se ha intensificado de forma significativa en los últimos años, convirtiéndose en una de las principales herramientas de control del empleo en España. En 2025 se realizaron 1,2 millones de intervenciones, de las cuales 281.614 fueron visitas directas a empresas. Estas actuaciones permitieron aflorar 122.146 empleos no declarados, detectar 47.143 falsos autónomos y recuperar más de 51 millones de euros en salarios que no habían sido abonados a los trabajadores. El aumento de la presión inspectora responde al objetivo de combatir el fraude laboral y garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de cotización y contratación.
Entre las principales causas de infracción detectadas por la Inspección de Trabajo destacan la falta de alta en la Seguridad Social, el exceso de horas no declaradas y el incumplimiento de las condiciones salariales recogidas en convenio. También son frecuentes las irregularidades en la contratación temporal y la ausencia de registro adecuado de la jornada laboral. En este contexto, una reciente sentencia del Supremo ha abierto un nuevo debate jurídico al reforzar la protección del domicilio empresarial, lo que podría modificar el alcance de determinadas actuaciones inspectoras en el futuro.
El Supremo regula las inspecciones laborales en estos casos
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista que se ha dado a conocer en redes sociales por sus contenidos divulgadores sobre los derechos laborales de los trabajadores, expone la importante sentencia del Alto Tribunal que ha removido las bases del mercado laboral en materia de control administrativo. "El Tribunal Supremo marca un antes y un después para muchísimas empresas y autónomos, y es que la Inspección de Trabajo no puede entrar en el domicilio de tu empresa si este es el domicilio social", comienza explicando el profesional del derecho laboral. De esta manera, la resolución del caso en cuestión sienta un precedente realmente importante.
"Esto ocurre por el principio de inviolabilidad del domicilio. Hasta ahora, la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo, concretamente en su artículo 13, establece que los inspectores de trabajo tienen derecho a acceder al domicilio social de una empresa", informa. Sin embargo, tal y como explica a continuación la ley explica que cuando el domicilio de una persona física se requiere, obligatoriamente, de autorización judicial. "Pues bien, el Tribunal Supremo ha dicho que esto no es así en todos los casos", agrega. Esta norma podría cambiar en los próximos años, apoyada por el juicio en cuestión.
El caso que sienta un precedente para la Ley
"En supuestos en los que el domicilio social de la empresa coincide con el centro de trabajo, es decir, tú tienes una empresa pequeña, da igual si es una zapatería de tu esquina, si ese es el domicilio social, la Inspección de Trabajo requiere consentimiento", destaca. Por ende, la autoridad debe contar con la aprobación del dueño o con la autorización son sello judicial. De esta manera, si no se obtienen ninguno de las dos opciones podría suponer una vulneración de un derecho fundamental.
"Esto cambia las cosas. Es decir, ahora si te viene una Inspección de Trabajo a tu centro de trabajo y coincide con el domicilio social, te van a pedir el consentimiento. Si tú les dices que no pueden entrar, no deberían hacerlo", confirma. En este sentido, algunos derechos fundamentales como el del honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que comparten artículo de la CE que menciona el experto. "El domicilio está protegido y amparado por el artículo 18 de la Constitución Española, por lo que para poder acceder a él sin consentimiento se requiere una autorización judicial", indica.
La sentencia beneficia a pequeños empresarios
De la Calzada recalca el beneficio en favor de los trabajadores por cuenta propia que menos recursos tienen, pues en muchos casos la vivienda habitual es el centro de trabajo. "Aun así, esto es muy importante para pequeños empresarios y autónomos que tienen una empresa con un único centro de trabajo, ya que en algunos casos la Inspección entraba directamente", agrega. Por el contrario, esta sentencia, si se emplea como sustento, podría generar contradicciones por ambas partes. "Con esta nueva sentencia se abre la posibilidad de negarle el acceso al inspector en determinados supuestos, aunque es probable que pueda advertir de una posible multa por obstrucción", destaca
Por último, el profesional explica y recomienda, desde su percepción, la actuación que deberían seguir todos los trabajadores. "Ahora bien, como recomendación, lo adecuado es cumplir siempre la ley, facilitar el acceso cuando proceda y tener toda la documentación en orden. No cometas irregularidades, no te dejes engañar, pero tampoco permitas que te tomen por tonto", concluye.