El Congreso mantiene la jubilación de las mutualidades como alternativa a la Seguridad Social
El Congreso de los Diputados ha dado este jueves un paso decisivo para resolver uno de los conflictos más prolongados que afectan a miles de profesionales colegiados en España. El Pleno ha aprobado la proposición de ley que regula la situación de las mutualidades profesionales y establece un mecanismo para que los mutualistas puedan transferir sus derechos económicos acumulados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La iniciativa continuará ahora su tramitación en el Senado, donde todavía podrían introducirse modificaciones.
La norma nace con el objetivo de ofrecer una solución a la problemática que durante años han denunciado numerosos abogados, procuradores, arquitectos y otros profesionales que cotizaron a través de mutualidades alternativas a la Seguridad Social y que, al llegar a la jubilación, se encontraron con prestaciones muy inferiores a las esperadas. En muchos casos, las pensiones derivadas de estos sistemas apenas alcanzan entre 400 y 500 euros mensuales tras décadas de ejercicio profesional.
El texto aprobado es sustancialmente distinto al que el PSOE registró inicialmente. La propuesta original contemplaba la desaparición progresiva de la alternatividad y obligaba a los nuevos profesionales a integrarse en la Seguridad Social a partir de 2027, fecha que posteriormente se aplazó a 2028. Sin embargo, durante la tramitación parlamentaria se introdujeron cambios que han terminado por preservar el actual modelo de convivencia entre ambos sistemas.
De este modo, los profesionales podrán seguir optando por cotizar exclusivamente a una mutualidad, hacerlo únicamente al RETA o combinar ambas fórmulas. Esta decisión ha sido objeto de críticas por parte de algunos grupos parlamentarios. Sumar lamentó que se mantenga un modelo que considera responsable de buena parte de los problemas actuales, aunque valoró positivamente que las mutualidades queden obligadas a garantizar prestaciones equiparables a las fijadas por la Seguridad Social.
La aprobación de la ley se produjo sin votos en contra. La mayoría de los grupos respaldaron el texto, mientras que PP y Vox optaron por la abstención. Pese a las discrepancias existentes sobre distintos aspectos de la norma, las formaciones coincidieron en señalar que constituye un primer marco regulatorio para una realidad que hasta ahora carecía de una regulación específica.
Uno de los cambios más relevantes incorporados en la votación plenaria llegó de la mano de una enmienda impulsada por el Partido Popular. Gracias al apoyo de Vox y UPN y a la abstención de Junts y BNG, la Cámara aprobó ampliar el acceso a la denominada pasarela al RETA para unos 47.000 mutualistas que habían quedado excluidos tras las modificaciones introducidas previamente en comisión.
La redacción anterior impedía acogerse a este mecanismo a quienes ya hubieran cumplido el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a una pensión pública. La enmienda elimina esta limitación y permite que estos profesionales también puedan transformar sus derechos acumulados en la mutualidad en cotizaciones computables dentro del régimen de autónomos.
Además, desaparece el coeficiente del 0,77 previsto inicialmente para calcular la conversión de los derechos económicos. La ley deja ahora este aspecto pendiente de desarrollo reglamentario. También establece que las transferencias de fondos desde las mutualidades a la Seguridad Social estarán exentas de tributación en el IRPF.
Otro de los elementos destacados es el reconocimiento de los periodos de afiliación obligatoria a las antiguas mutualidades sustitutivas. El tiempo durante el cual los profesionales estuvieron integrados obligatoriamente en estos sistemas antes de que se transformaran en mutualidades alternativas será considerado tiempo de afiliación y alta en el RETA a efectos del cálculo de los periodos de carencia necesarios para acceder a la jubilación.
La norma contempla asimismo una medida específica para quienes hayan cumplido 52 años antes del 31 de diciembre de 2026. Estos mutualistas podrán acogerse a la denominada fórmula 1x1, por la que cada mes cotizado en una mutualidad alternativa computará como un mes de alta en el RETA a efectos del porcentaje aplicable sobre la base reguladora de la futura pensión.
El texto fija un plazo de tres meses desde la aprobación definitiva de la ley para desarrollar reglamentariamente las condiciones de la pasarela y concretar el procedimiento de transferencia de derechos económicos y su conversión en periodos cotizados.
Junto a ello, se refuerzan las exigencias de transparencia y supervisión de las mutualidades. Estas entidades deberán elaborar informes semestrales detallados sobre la situación y evolución de los fondos de sus mutualistas, así como facilitar toda la documentación necesaria para que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones pueda ejercer un control permanente sobre su actividad, solvencia y cumplimiento normativo.
Durante el debate parlamentario, los grupos reconocieron expresamente el papel desempeñado por la plataforma J2 y otras asociaciones de afectados, cuyos representantes siguieron la sesión desde la tribuna de invitados. Su movilización ha sido determinante para visibilizar la situación de miles de profesionales que consideran insuficientes las prestaciones obtenidas tras años de aportaciones.
Pese al avance que supone la aprobación de la ley, una de las principales reivindicaciones de los afectados continúa sin respuesta: la mejora de las pensiones de quienes ya se encuentran jubilados y perciben prestaciones especialmente reducidas. El debate, por tanto, no queda cerrado y previsiblemente continuará durante la tramitación en el Senado y en futuras reformas del sistema.