Ministerio de Justicia afirma que las visitas de estudiantes al Cacco son una ‘posibilidad’. Un reglamento prohíbe el ingreso de menores de edad
El Ministerio de Justicia y Paz sostiene que las visitas de estudiantes al Centro de Alta Contención contra el Crimen Organizado (Cacco), en La Reforma, son una posibilidad que está bajo análisis de “viabilidad”. Así se pronunció después de que trascendiera que el expresidente Rodrigo Chaves emitió un reglamento que prohíbe el ingreso de menores a este recinto.
Las visitas fueron propuestas por la presidenta Laura Fernández durante la conferencia de prensa semanal del 1.º de julio en Casa Presidencial, cuando anunció que los internos del Cacco vestirán uniforme color naranja y que se les prohibirá recibir indumentaria externa.
La Nación publicó, el 16 de julio, que el reglamento del circuito de alta contención del sistema penitenciario nacional prohíbe el ingreso de personas menores de edad como visitantes. La norma reglamentaria fue emitida en agosto del 2025 por el gobierno de Chaves.
El artículo 60 dice: “Las visitas de personas menores de edad se encuentran prohibidas. No obstante, las personas privadas de libertad conservarán el derecho a mantener contacto con sus hijos e hijas menores, lo cual se realizará únicamente mediante la modalidad de videollamada, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento y sujeto a los requisitos, condiciones y limitaciones allí establecidas".
A raíz de una consulta de La Nación, Justicia afirmó que el plan de visitas es por ahora una “posibilidad” que debe ser evaluada como una eventual actividad institucional con “finalidad preventiva”. El Ministerio indicó que la iniciativa aún está en análisis de viabilidad.
“Como indicó la señora presidenta de la República, se están valorando ‘posibilidades de retomar’ este tipo de actividades. Una vez concluido ese análisis, se informará oportunamente lo que corresponda”, detalló Justicia.
El Ministerio añadió que no se han autorizado “ni se están promoviendo” visitas de personas menores de edad contrarias a la prohibición establecida en el artículo 60.
Justicia defiende visitas
Según el Ministerio de Justicia, el numeral 60 debe interpretarse conjuntamente con el artículo 61, “que permite dicho ingreso de manera excepcional, bajo los supuestos, valoraciones y requisitos expresamente establecidos en el reglamento”.
Sin embargo, esa norma establece únicamente dos excepciones: enfermedad grave de la persona menor de edad o recomendación técnica de instituciones competentes, previo informe o dictamen técnico de la Caja Costarricense de Seguro Social, así como del Patronato Nacional de la Infancia (PANI)
El artículo dispone que el ingreso de una persona menor de edad deberá ser evaluado previamente por profesionales en Trabajo Social, quienes emitirán un criterio sobre la conveniencia de la visita. Con base en esa valoración, la Dirección del Circuito de Alta Contención decidirá si autoriza el ingreso.
Según el Ministerio, la prohibición del artículo 60 regula específicamente el ingreso de personas menores de edad “en calidad de visitantes” de una persona privada de libertad dentro del circuito de alta contención. Argumenta que esa disposición no regula, por sí sola, cualquier otra modalidad de ingreso o actividad institucional que pueda responder a una finalidad distinta.
“La procedencia de una actividad de esa naturaleza deberá determinarse previamente, de acuerdo con sus objetivos, participantes, condiciones de realización y la totalidad del ordenamiento jurídico aplicable”, defendió Justicia.
“Vamos para adelante con este proyecto que usted nos encomendó, señora presidenta. En conjunto con el señor ministro del MEP, vamos a identificar los colegios y los vamos a llevar”, dijo el jerarca del Ministerio de Justicia, Gabriel Aguilar, durante una conferencia de prensa el pasado 15 de julio.
Diferencias internas en MEP
El titular del Ministerio de Educación Pública (MEP), Leonardo Sánchez, también ha defendido la posibilidad de que estudiantes visiten el Cacco.
Tras la publicación de La Nación, Sánchez respondió: “El Ministerio de Educación Pública es respetuoso del ordenamiento jurídico vigente y, por supuesto, cualquier actuación institucional o metodología que eventualmente se implemente se desarrollará en estricto apego a la normativa aplicable”.
Durante la conferencia del 15 de julio, el jerarca del MEP defendió que “a los estudiantes también hay que exponerlos a todo tipo de realidad social, económica, ambiental, política, y que, bueno, entiendan cómo funciona el sistema de justicia”.
Agregó que esta medida ayudaría a que los estudiantes “entiendan que en una sociedad hay leyes, que si estas leyes se rompen, tienen consecuencias para la persona y para la familia”.
No obstante, 39 funcionarios de la Dirección de Vida Estudiantil del Ministerio de Educación Pública (MEP) emitieron un pronunciamiento en el que rechazan, desde una perspectiva técnica, la exposición de estudiantes a centros penitenciarios con fines preventivos.
Indicaron que, desde una perspectiva técnica, las intervenciones basadas en la exposición de menores de edad acontextos de privación de libertad con fines preventivos no cuentancon evidencia científica suficiente que permita sustentar su efectividad.