El juez archiva la querella de Errejón contra Elisa Mouliaá por calumnias
El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella de Íñigo Errejón contra Elisa Mouliaá por presuntas calumnias. El exdiputado sostuvo que la actriz habría actuado de manera "impulsiva e infundada" al haberle acusado pública y falsamente de haber cometido un delito de extorsión respecto de dos testigos, que declararon en la causa en la que otro magistrado procesó al expolítico por un presunto delito de agresión sexual.
En el auto de sobreseimiento, al que ha tenido acceso este periódico, Zamarriego argumenta que Mouliaá "no le atribuye actos o conductas delictivas concretas" a Errejón, sino que, a través de su página web, "expone juicios, pensamientos u opiniones".
La defensa de Mouliaá solicitó el sobreseimiento del caso en el pasado mes de abril, argumentando que las publicaciones no surgieron de una invención ni de una reacción carente de fundamento. Según su escrito, al que también tuvo acceso este periódico, existían elementos "objetivos" que, a juicio de la investigada, podían hacerle sospechar de la existencia de una posible influencia sobre los testigos, entre ellos los contactos mantenidos durante la instrucción entre estos y Errejón y la expresión de uno de ellos de "cuál es el plan".
La actriz detalló, de hecho, que la querella del exdiputado "no describe unos hechos que revelen la existencia de una calumnia con publicidad, sino una controversia interpretativa sobre el significado de determinados contactos, producida en un procedimiento penal vivo, de máxima exposición pública y con una carga emocional y procesal extraordinaria". Se trata de un argumento que, ahora, ha sido avalado por el juez.
El instructor considera que la querella de Errejón no tiene una "base empírica que la sustente" y que, en realidad, lo que aquí está en juego es el "derecho fundamental a la libertad de expresión y no a la libertad de información". Según argumenta, esto desplaza el posible delito hacia el ámbito de la injuria y lo aleja del propio delito de la calumnia.
En este sentido, explica que la libertad de expresión dispone de un campo de acción muy amplio. Es decir, que se limita sólo por la ausencia de expresiones intrínsecamente vejatorias que resulten impertinentes e innecesarias para que sean expuestas públicamente.
Ahora bien, la libertad de información detalla que tiene su limite únicamente en datos veraces. "Ese requisito de veracidad no puede, obviamente, exigirse de juicios o evaluaciones personales subjetivas", expone.
Para Zamarriego, las publicaciones de Mouliaá fueron una mera "crítica" a Errejón por "no haber entregado su teléfono móvil y haberse puesto en contacto con dos testigos en un procedimiento judicial en el que la querellada se siente víctima de un delito de abusos sexuales".
Cabe recordar, que en aquella causa (del presunto delito de abuso sexual) declararon los dos testigos a los que se refiere la querella. La defensa de Errejón pidió un acto de conciliación y el expolítico pidió a Mouliaá una indemnización de 10.000 euros si no se retractaba de sus palabras. La actriz rechazó conciliar y fue entonces cuando el exdiputado se querelló contra ella. Ante la ausencia de Mouliaá a las citaciones judiciales, Zamarriego llegó a ordenar su detención.
La versión de la defensa de Mouliáa
La defensa de la actriz recordó, además, que el artículo 205 del Código Penal exige que la imputación de un delito de calumnias (como es el caso) se realice con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad. A partir de esa premisa, sostiene que en este caso no concurriría ese elemento subjetivo.
"Podrá sostener la querella que la conclusión extraída por mi representada fue precipitada o errónea; lo que no puede sostener, sin violentar el tipo penal, es que aquélla hablara a sabiendas de la falsedad de lo que decía", explica.