El SEPE se ve obligado a aclarar qué pasa con el subsidio por cotizaciones insuficientes si se tiene ingresos familiares
Todos aquellos trabajadores que deseen solicitar el subsidio por cotizaciones insuficientes deberán declarar los ingresos totales de la unidad familiar con la que residan, incluyendo los salarios brutos de los integrantes y siempre que estos no superen el 75% del SMI. Asimismo, esta ayuda económica del SEPE tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, por lo que se le aplicará una retención mínima que acostumbra a ser del 2%.
Esta ayuda económica es proporcionada por el SEPE y está dirigida a personas desempleadas que hayan trabajado durante, al menos, tres meses y tengan cargas familiares de las que hacerse cargo. Asimismo, también pueden optar a ella aquellos que hayan trabajado por 6 meses. En todo caso, el periodo cotizado no puede superar los 360 días, es decir, alcanzar el tiempo necesario para poder solicitar el paro contributivo.
Por otra parte, todas las personas que lo soliciten deben cumplir determinados requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal. Entre los requisitos, los solicitantes deben encontrarse en situación de desempleo, carecer de rentas propias o acreditar responsabilidades familiares, dependiendo del caso. Además, se debe presentar la solicitud de subsidio antes del periodo de seis meses siguientes al hecho causante.
¿El SEPE tiene en cuenta el salario bruto o neto para el cálculo del subsidio por cotizaciones insuficientes?
Una de las dudas más comunes entre aquellos solicitantes del subsidio es si se tiene en cuenta el salario bruto o neto para el cálculo de las rentas. El SEPE ha asegurado que se tendrá en cuenta únicamente el salario bruto, independientemente del que consta en la cuenta en la que se tenga domiciliada la nómina. Además, también se revisarán las pagas extraordinarias que se hayan disfrutado, aunque no descontarán las cotizaciones en la Seguridad Social ni las retenciones de IRPF. Por ello, la cifra que tendrá en cuenta el SEPE será aquella que se perciba en forma bruta por un trabajo por cuenta ajena.
Además del salario bruto, también se tendrán en cuenta el resto de rentas que reciba el núcleo familiar o la persona solicitante, como prestaciones, alquileres, pensiones, rendimiento del capital mobiliario y otras ganancias patrimoniales. Mientras que, en caso de que el salario sea fruto de una actividad profesional, empresarial, ganadera, agrícola o artística, se calculará mediante la diferencia entre los ingresos y los gastos que haya conllevado la actividad.
Ninguno de los miembros de la familia podrá recibir un salario de más de 915,75 euros al mes
En total, el dinero percibido no puede superar el 75% del Salario Mínimo Interpersonal, sin tener en cuenta las dos pagas extraordinarias. Para asegurarse de que se cumple este requisito, el SEPE solicita un documento en el que figuren los ingresos tanto del solicitante como del resto de miembros del núcleo familiar por el que se declara la carga familiar, en caso de que la petición se haga por esta razón.
Actualmente, el SMI en España se sitúa en 1.221 euros mensuales. Por lo que la renta máxima que se debe haber percibido es de 915,75 euros al mes. Asimismo, en caso de que en el hogar se hayan percibido diferentes salarios, la cantidad máxima recibida por cada miembro no deberá superar el 75% del SMI. Esta cantidad debe multiplicarse por cada uno de los miembros de la familia que solicite el subsidio, siendo su resultado el límite para poder optar o no a la ayuda económica por cotizaciones insuficientes.