Prodhab suspendió medida que ordenó al BCCR frenar exigencia de datos de deudores sin anonimizar
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) suspendió la medida cautelar que ordenó al Banco Central de Costa Rica (BCCR) abstenerse de exigir información que involucre datos de personas sin anonimizar. Esta orden quedó sin efecto a partir del 5 de setiembre.
Así se establece en la resolución N.° 725-2023, de la cual La Nación tiene una copia. Róger Madrigal López, presidente del Banco Central, también corroboró la suspensión, este jueves, durante su comparecencia ante los diputados de la Comisión de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa.
En el fallo de cinco páginas la Agencia de Protección de Datos explicó que suspendió el conocimiento, análisis, y cualquier tipo de asunto relacionado con el procedimiento de protección de derechos hasta que la Sala IV se pronuncie sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC).
La Prodhab señaló que el acto que se encuentra objetado en esa acción es la base de la pretensión del denunciante sobre la cual busca que la Agencia de Protección de Datos resuelva.
Por lo tanto, determinaron que lo apropiado es suspender el procedimiento hasta que la Sala IV se pronuncie sobre el fondo del asunto.
La acción cautelar contra el Banco Central se impuso el 28 de agosto a raíz de una denuncia presentada por la Asociación para la Defensa de los Intereses y Derechos de Consumidores y Usuarios del Sector Financiero, Industrial, Energético, Inmobiliario y de la Administración en Costa Rica (Asodidcu).
El pasado 31 de agosto, el Tribunal Constitucional admitió para su estudio la acción de inconstitucionalidad presentada por la ABC. Esta acción se presentó en contra de la solicitud del Banco Central de obtener información crediticia de los deudores sin anonimizar.
La ABC cuestiona la intención del Banco Central, argumentando que los datos de Sugef contienen información de carácter privado, sensible, confidencial y amparada por el secreto bancario.
La organización bancaria considera que el ente emisor está haciendo una interpretación errónea de su Ley Orgánica al afirmar que esta le habilita para acceder a las bases de datos en posesión de Sugef.

